Mediante la Resolución Nº0075, el Ministerio de Educación resuelve prorrogar desde el 1º de Marzo de 2020, por el término de 60 días hábiles el Régimen Transitorio para la Recepción, Procesamiento, Registro y Formalización de las Solicitudes de Licencias Médicas para el Personal Docente y Asistentes Escolares de establecimientos educativos de gestión oficial y privada, respectivamenteque fuera aprobado por la Resolución Ministerial Nº0008/20
Ingresá y conocé las Resoluciones Nº0075 del 28 de febrero y la Nº0008 del 07 de enero de 2020.
La Resolución resuelve habilitar a los fines de realizar la correspodiente gestión de pedido de Licencia por Enfermedad, Licencia por Familiar Enfermo o Licencia por Maternidad las casillas de correo electrónico, en las que deberá enviarse la solicitud (L.M01) y el certificado médico, que a continuación se detallan.
Delegación l: licenciamedicar1@santafe.gov.ar
Delegación ll: licenciamedicar2@santafe.gov.ar
Delegación lll: licenciamedicar3@santafe.gov.ar
Delegación lV: licenciamedicar4@santafe.gov.ar
Delegación V: licenciamedicar5@santafe.gov.ar
Delegación Vl: licenciamedicar6@santafe.gov.ar
Delegación Vll: licenciamedicar7@santafe.gov.ar
Delegación Vlll: licenciamedicar8@santafe.gov.ar
Delegación lX: licenciamedicar9@santafe.gov.ar