Por la cuarentena, se posterga el vencimiento de la ficha de medicamentos y, en muchos casos, no será necesaria la presentación de receta en papel.
El Instituto Autárquico Provincial informa a sus afiliados que, a raíz de la necesidad de procurar el AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO y OBLIGATORIO dispuesto por DNU 297/2020, ha avanzado en la articulación de un nuevo sistema para la dispensa de medicamentos en farmacias que entrará en vigencia a partir del 1° de abril.
En este contexto, se ha decidido prorrogar el vencimiento de las fichas de tratamiento cuya vigencia terminaba entre el 15 de febrero y el 15 de abril, postergándose la misma hasta que finalice la emergencia sanitaria.
Asimismo, durante el período de excepción, los pacientes crónicos y/o con fichas de tratamiento en curso, podrán concurrir directamente a la farmacia para adquirir sus medicamentos, SIN la necesidad de entregar la receta médica en papel. El sistema generará una receta automática que impactará directamente en el validador de farmacia, evitando al beneficiario la necesidad de concurrir al médico tratante para solicitar la misma.
En los casos de afiliados que se encuentren en Tratamientos oncológicos y especiales – en los que el médico ya realiza ficha electrónica – se requiere que el paciente solicite previamente a su médico tratante la prescripción electrónica de la receta. Una vez confeccionada, la misma será captada por el sistema e identificada por el número de emisión. El médico podrá enviar la prescripción electrónica originada en el sistema por correo electrónico o foto de whatsApp al afiliado. La receta llega a la farmacia mediante cualquiera de estas vías, respetándose igual mecánica para la provisión de los medicamentos.
Para los inicios de tratamientos y el resto de las prescripciones médicas, se requiere que el paciente solicite previamente a su médico tratante la prescripción de la receta oficial en el formato que utiliza habitualmente el profesional, respetando la misma mecánica para la adquisición de los medicamentos.
En cualquiera de los casos, los afiliados podrán solicitar asesoramiento sobre la cobertura de medicamentos por mensaje de WhatsApp al 342-553 2737 o en farmacia de confianza
Formatos de recetas aceptados como válidos en farmacias prestadoras
• Recetas Manuales: Son las cumplimentadas de puño y letra por el medico prescriptor en el recetario oficial de IAPOS. Se recuerda que usted puede imprimir los recetarios oficiales en la página de IAPOS, http://www.iapossantafe.gob.ar“Recetarios” (http://online.colfarsfe.org.ar/iapos/ImpresionRecetas).
• Recetas Electrónicas Impresas: Aquellas recetas oficiales generadas electrónicamente, impresa, firmada y sellada por el médico tratante.
• Recetas Electrónicas Digitales: aquellas recetas oficiales generadas electrónicamente en el sistema oficial de IAPOS, NO impresas. El Afiliado las presentará a través de un teléfono móvil (o cualquier dispositivo electrónico) desde donde se podrá leer código QR correspondiente. En este caso no se requiere la presentación de receta impresa.
• Receta automáticas predeterminadas: Estarán vigentes solo durante la emergencia sanitaria con vigencia 1 de abril de 2020. El paciente brindará a la farmacia su número de documento y ésta podrá consultar en su sistema informándole cuales tiene disponibles en esta modalidad. En este caso, no requiere la presentación de receta impresa ni digital, solo debe consultar a su farmacéutico.
Coord. Comunicación Institucional – IAPOS, 30/03/2020